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Bioinsumos AGOSTO - 2022

Bioinsumos agropecuarios y la ley de economía del conocimiento

Bioinsumos agropecuarios y la ley de economía del conocimiento

Según explica Julia Enriquez de la Consultora Ecualis, la Ley 27.506 de Economía del Conocimiento (LEC) surgió como una ampliación del Régimen de Promoción de la Industria del Software, a fin de promover actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.

Entre las actividades promovidas se encuentra la Biotecnología, y con más precisión y en los términos de la ley, se puede mencionar la “creación, diseño, desarrollo (o mejora de un desarrollo existente) y su producción de bienes provenientes de la biología, microbiología, bioquímica y química en general”. En este orden, los bioinsumos agropecuarios pueden considerarse como herramientas biotecnológicas para ser utilizadas como insumos sustentables en la producción tanto agropecuaria como agroindustrial, con un aporte fundamental para la agricultura eficiente como para la producción de bajo impacto ambiental y con reconocimiento por la Ley como una actividad de “Economía del Conocimiento”.

Tomando la definición del Observatorio de Bioeconomía de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación1, los bioinsumos agropecuarios son productos constituidos por microorganismos (hongos, bacterias y virus), macroorganismos (ácaros e insectos benéficos), extractos de plantas y compuestos derivados de origen biológico o natural y que estén destinados a ser aplicados como insumos en la producción agropecuaria, agroalimentaria, agroindustrial, agroenergética e incluso en el saneamiento ambiental. Estos productos mejoran la productividad agroindustrial, son amigables con el medio ambiente y contribuyen al agregado de valor en origen.

Otra actividad promovida por la Ley, relacionada con las empresas dedicadas a la producción de bioinsumos agropecuarios, son los Servicios de Investigación y Desarrollo que incluye investigación básica, investigación aplicada y el desarrollo experimental de nuevos productos y procesos; ensayos e inspección de materiales y productos, incluyendo el campo agropecuario. La Ley, asimismo, establece que también quedan comprendidas las actividades de ingeniería, ciencias exactas y naturales, ciencias agropecuarias y ciencias médicas vinculadas a tareas de investigación y desarrollo experimental.

Los beneficios por acceder:

Aquellas empresas que accedan al régimen obtendrán ciertos beneficios entre los que se destacan: reducción de hasta el 60% respecto del monto total del Impuesto a las Ganancias (de acuerdo al tamaño de empresa) sobre la actividades promovidas, el reintegro del 70% del pago en concepto de contribuciones patronales sobre salarios dedicados a las actividades promovidas, convertibles en bonos de crédito fiscal, de carácter intransferible y validez de 24 meses aplicable para la cancelación de impuestos nacionales con excepción del Impuesto a las Ganancias (salvo en los casos de exportación); estabilidad fiscal, es decir un compromiso de que no verán aumentadas las cargas tributarias impuestas hasta el año 2029 y una exención del pago de Derechos de exportación para las empresas del sector servicios (0%).

Asimismo, a nivel provincial, las distintas jurisdicciones han adherido a la Ley nacional, instaurando sus propios beneficios, que van desde el reconocimiento de la estabilidad fiscal (Provincia de La Pampa, Tierra del Fuego, Tucumán, Formosa Santiago del Estero) hasta el otorgamiento de beneficios impositivos como reducción de alícuota o exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Sellos, así como también otros incentivos como subsidios laborales (Provincia de Buenos Aires, Santa Fe, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Chaco, Santa Cruz; Entre Ríos, Catamarca, Córdoba, La Rioja,San Juan). En el caso particular de la Provincia de Córdoba, la Ley N° 10.722, establece los siguientes beneficios: Estabilidad Fiscal, exención por 10 años del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Exención por 10 años del 100% del Impuesto de Sellos; exención por 10 años del 100% del Impuesto Inmobiliario sobre inmuebles en los que se desarrolle la actividad.

“Desde la consultora Ecualis contamos con experiencia, de más de 10 años, en el acompañamiento a empresas en el proceso de inscripción e inclusión en el Régimen Nacional, trabajando desde sus inicios en los beneficios promocionales otorgados al sector software conforme a la ley antecesora de la presente” culmina Julia Enriquez.


1 https://www.magyp.gob.ar/sitio/areas/observatorio_bioeconomia/indicadores/04/index.php


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